En este momento del año, seguro que estás pendiente del impuesto de sociedades!
¿Cuáles son los gastos deducibles en tu sociedad, que realiza la actividad de transporte de mercancías por carretera?
Dietas, desplazamiento, estancia, manutención y todos aquellos generados o producidos en el ejercicio de la actividad cuando se encuentra fuera del domicilio o centro de trabajo.
Gastos por relaciones con clientes o proveedores.
Compra, consumo, mantenimiento, impuestos, tasas, seguros, etc. de los vehículos destinados o utilizados en el ejercicio de la actividad empresarial.
Los SEGUROS son uno de los gastos que se pueden deducir, siempre y cuando todos estén vinculados al 100% a la actividad empresarial.
*Atención: Todos estos gastos deben estar debidamente justificados, inscritos contablemente y correlacionados en ingresos y gastos.